LEY DE SEGURIDAD PRIVADA: LEY 23/1992, DE 30 DE JULIO, DE SEGURIDAD PRIVADA (BOE num. 186, de 4 de agosto) , en su redaccion dada por:
DECRETO-LEY 2/1999, DE 29 DE ENERO (BOE num. 26, de 30 de enero).
LEY 14/2000, DE 29 DE DICIEMBRE (BOE num. 313, de 30 de Diciembre).
REAL DECRETO-LEY 8/2007, DE 14 DE SEPTIEMBRE (BOE num. 225, de 19 de septiembre
LEY 25/2009 (Art. 14) (BOE num. 308, de 23 de diciembre).
REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA: REAL DECRETO 2364/1994 DE 9 DE DICIEMBRE, que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (BOE num. 8 de 10 de enero de 1995).
Correccion de errores, (BOE num. 20 de 24 de Enero de 1995.)Modificado por:
REAL DECRETO 938/1997, DE 20 DE JUNIO (BOE num. 148, de 21 de junio).
REAL DECRETO 1123/2001, DE 19 DE OCTUBRE (BOE num. 281, de 23 de noviembre).
REAL DECRETO 277/2005, DE 11 DE MARZO (BOE num. 61 de 12 de marzo).
SENTENCIA DE 30 DE ENERO DE 2007, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO (BOE num. 55, de 5 de marzo).
REAL DECRETO 4/2008, DE 11 DE ENERO (BOE num. 11, de 12 de enero).
SENTENCIA DE 15 DE ENERO DE 2009, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO (BOE num. 52, de 2 de marzo).
REAL DECRETO 1628/2009, DE 30 DE OCTUBRE (BOE num. 263, de 31 octubre).
Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada. (BOE 42 de 18.02.2011), Correccion de errores (BOE num. 61 de 12.03.2011).
Orden INT/315/2011, de 1 de febrero, por la que se regulan las Comisiones Mixtas de
Coordinacion de la Seguridad Privada. (BOE 42 de 18.02.2011). Correccion de errores (BOE num. 61 de 12.03.2011).
Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ambito de la seguridad privada. (BOE 42 de 18.02.2011)
Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada. (BOE 42 de 18.02.2011)
Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada. (BOE 42 de 18.02.2011). Correccion de errores (BOE num. 61 de 12.03.2011). Modificado Anexo I por la Orden INT/2850/2011 (BOE num. 255 de 22.10.2011)
Protección de Datos
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. Modificación de la LOPD. Dispoisición final quincuagésima sexta.
Recomendaciones
- Actualizar los sistemas de detección de intrusión para que sean redundantes, adaptándolos a la nueva normativa que establece que el disparo de un solo elemento o la activación reiterada del mismo, no generará una alarma susceptible de ser comunicada a la Policia.
- Añadir a los sistemas de detección de intrusión una doble vía de comunicación o líneas redundantes.
- Mantener actualizados los teléfonos de contacto del usuario y facilitar a la empresa de seguridad cualquier cambio de los mismos para agilizar la comunicación entre la empresa de seguridad y Policia.
- Comunicar a la empresa de seguridad cualquier modificación de la ubicación, distribución y/o estructura del bien a proteger.
- Colaborar con la empresa de seguridad para la correcta realización de los mantenimientos previstos en la norma.
Guía para la prevención de Falsas Alarmas
Guía para la prevención de Falsas Alarmas editada por AES (Asociación Española de Empresas de Seguridad).
- Los sistemas de detección de intrusión sólo deben ser manipulados por personas entrenadas correctamente Si no está seguro de los procedimientos correctos, contacte con su empresa instaladora.
- Antes de salir del local, compruebe que todas las puertas y ventanas están bien cerradas Un paseo alrededor de la zona protegida es la forma más efectiva de comprobación y prevención de las falsas alarmas.
- Asegúrese de que los equipos de detección están operativos. En particular asegúrese de que los detectores contra intrusión no están ocultados por mercancías u otros objetos.
- Si los detectores están en uso, no introduzca fuentes de calor, movimiento o sonido dentro de la zona protegida por ellos Informe a su empresa instaladora de cualquier cambio.
- Siga siempre la ruta de entrada y salida acordados con su empresa instaladora. No permita que se entre a través de ninguna puerta que no sea la designada para ello. Haga que su primera tarea al entrar sea desconectar su sistema de alarma.
- Revise sus llaves. Asegúrese de que todas las llaves necesarias para entrar en el local están disponibles y de que recuerda correctamente el código de la alarma antes de entrar.
- Informe a su empresa instaladora de cualquier alteración en su local que pueda afectar a su sistema de detección de intrusión No permita que nadie que no esté familiarizado haga cambios en su sistema de alarma.
- Trate su sistema de detección de intrusión con cuidado. La instalación de los aparatos de detección puede ser dañada accidentalmente. En ese caso, comuníquelo a su empresa instaladora.
- Después de una falsa alarma revise cuidadosamente el sistema y cuando sea posible, averigüe la causa de la activación. Informe a su empresa instaladora de la causa que crea motivo de la falsa alarma a la mayor brevedad.
- Asegúrese de que las revisiones periódicas de su sistema de alarma son realizadas por su empresa mantenedora.
Recuerde que las falsas alarmas deben ser evitadas. Si sigue los 10 puntos de esta lista, se asegurará de que su instalación siempre reciba la atención policial en el momento adecuado.
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